Policy JICC- CONDUCTA DE LOS ESTUDIANTES EN LOS AUTOBUSES ESCOLARES
1. Se permitirá viajar en los autobuses escolares solamente a los estudiantes y al personal escolar normalmente asignado al autobús para una ruta o una excursión en particular, a menos de que el funcionario escolar a cargo otorgue un permiso especial.
2. Mientras se encuentren en una parada de autobús o en el lugar para recogerlos, los estudiantes deben:
a. Comportarse en forma disciplinada.
b. Evitar ensuciar el lugar.
c. Permanecer fuera de la circulación vehicular en la calle.
d. Respetar el derecho de propiedad privada de los alrededores.
3. Los estudiantes ocuparán sus asientos rápidamente después de abordar el autobús. No pueden reservarse los asientos. Si el conductor o el asistente asigna un asiento a algún estudiante, el estudiante debe obedecer. Los estudiantes permanecerán en sus asientos mientras el autobús esté en movimiento.
4. Los estudiantes no podrán abrir ni cerrar las ventanillas, ni las puertas de emergencia, con excepción de que el conductor o el asistente les indique hacerlo. Los estudiantes deben mantener los brazos y la cabeza dentro del autobús.
5. Mientras los estudiantes estén como pasajeros en el autobús, no deben:
a. Fumar (reglamentación del Estado).
b. Arrojar ninguna clase de objetos.
c. Distraer al conductor.
d. Tirar basura.
e. Hacer ruidos fuertes o innecesarios.
f. Comer ni beber.
g. Transportar artículos que pudieran poner en peligro la salud o la seguridad de algún otro pasajero.
6. Se exhorta a los estudiantes que informen al conductor o al asistente del autobús cualquier daño a los asientos o a otras partes del autobús.
7. Los estudiantes que salgan del autobús nunca deben caminar por detrás del autobús. Los estudiantes deben obedecer todos los controles del tráfico para cruzar las calles. Si los estudiantes deben cruzar por el frente del autobús, deben hacerlo a una distancia aproximada de 10 pies del frente del autobús.
8. Los estudiantes de escuela intermedia y de preparatoria deben mostrar su identificación cuando se les solicite, expedida por la escuela como autorización para viajar en el autobús.
Si algún estudiante persistiera en violar cualquiera de estas reglas, el conductor o el asistente del autobús tendrá la obligación de notificarlo al director de la escuela o a su representante.
La práctica vigente se reglamentó en 1993.
Aprobada: fecha de la adopción del manual.
